Índice:

Artículo 1 – Definiciones
Artículo 2 – Identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El contrato
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes del mismo
Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 – El precio
Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 – Entrega y ejecución
Artículo 14 – Transacciones de duración: duración, cancelación y prórroga
Artículo 15 – Pago
Artículo 16 – Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 – Litigios
Artículo 18 – Disposiciones adicionales o divergentes
Artículo 19 – Modificación de las condiciones generales Stichting Webshop Keurmerk

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

  1. Contrato complementario: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia y estos bienes, contenido digital y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
  2. Período de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento;
  3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
  4. Día: día natural;
  5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
  6. Contrato de duración: un contrato que tiene por objeto el suministro regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un período determinado;
  7. Soporte duradero: cualquier instrumento —incluido el correo electrónico— que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida a él personalmente de manera que posibilite su consulta o uso futuro durante un período adaptado al fin para el que está destinada la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
  8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del período de reflexión;
  9. Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Stichting Webshop Keurmerk y ofrece productos, (acceso a) contenido digital y/o servicios a distancia a consumidores;
  10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que hasta la celebración del contrato se utiliza exclusiva o parcialmente una o más técnicas de comunicación a distancia;
  11. Formulario modelo de desistimiento: el formulario modelo europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas condiciones;
  12. Técnica para comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que reunirse simultáneamente en el mismo espacio;

Artículo 2 – Identidad del empresario

Nombre del empresario (Smartdeco);
Dirección del establecimiento; Laan v 's-Gravenmade 42L
Número de teléfono; 085-0270090
Dirección de correo electrónico; info@smartdeco.nl
Número de la Cámara de Comercio; 27259079
Número de identificación del IVA; NL001723705B35

Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, el empresario indicará de qué manera pueden consultarse las condiciones generales en su establecimiento y que se enviarán gratuitamente al consumidor lo antes posible a petición del mismo.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, en contra de lo dispuesto en el apartado anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo de forma sencilla en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente al consumidor por vía electrónica o de otro modo a petición del mismo.
  4. En caso de que además de estas condiciones generales también sean aplicables condiciones específicas de productos o servicios, se aplicará por analogía lo dispuesto en los apartados segundo y tercero, y en caso de condiciones contradictorias, el consumidor siempre podrá invocar la disposición aplicable que le sea más favorable.

Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene una duración de validez limitada o se realiza bajo condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenido digital y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir una buena evaluación de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Los errores manifiestos o las equivocaciones manifiestas en la oferta no vinculan al empresario.
  3. Cada oferta contiene información tal que quede claro para el consumidor cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El contrato

  1. El contrato se celebra, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación por parte del consumidor de la oferta y del cumplimiento de las condiciones establecidas al respecto.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras la recepción de esta aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá rescindir el contrato.
  3. Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad apropiadas al respecto.
  4. El empresario puede, dentro de los marcos legales, informarse sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si el empresario, sobre la base de esta investigación, tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tiene derecho a rechazar motivadamente un pedido o solicitud, o a vincular condiciones especiales a la ejecución.
  5. El empresario enviará al consumidor, a más tardar en el momento de la entrega del producto, el servicio o el contenido digital, la siguiente información, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:
  6. la dirección de visita del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
  7. las condiciones bajo las cuales y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
  8. la información sobre garantías y el servicio posventa existente;
  9. el precio con inclusión de todos los impuestos del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
  10. los requisitos para la rescisión del contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
  11. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario modelo de desistimiento.
  12. En caso de una transacción de duración, la disposición del apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En el caso de productos:

  1. El consumidor puede desistir de un contrato relativo a la compra de un producto durante un plazo de reflexión de un máximo de 14 días sin indicar los motivos. No se aplica a paquetes de microcemento hechos a medida. Es decir, paquetes de un número x de m² en color. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a indicar su(s) motivo(s).
  2. El plazo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día después de que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
  3. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario puede, siempre que haya informado claramente al consumidor al respecto antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con diferentes plazos de entrega.
  4. si la entrega de un producto consta de varios envíos o componentes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o el último componente;
  5. en contratos de entrega periódica de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.

En servicios y contenido digital que no se haya entregado en un soporte material:

  1. El consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato de entrega de contenido digital que no se haya entregado en un soporte material durante un mínimo de 14 días sin indicar motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo de la rescisión, pero no puede obligarle a indicar su(s) motivo(s).
  2. El plazo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.

Plazo de reflexión ampliado para productos, servicios y contenido digital que no se haya entregado en un soporte material en caso de no informar sobre el derecho de desistimiento:

  1. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, el plazo de reflexión expira doce meses después del final del plazo de reflexión original establecido conforme a los apartados anteriores de este artículo.
  2. Si el empresario ha facilitado al consumidor la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses posteriores a la fecha de inicio del plazo de reflexión original, el plazo de reflexión expira 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión

  1. Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio rector es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
  2. El consumidor solo es responsable de la disminución del valor del producto que sea consecuencia de una forma de manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
  3. El consumidor no es responsable de la disminución del valor del producto si el empresario no le ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de celebrar el contrato.

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes del mismo

  1. Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, lo comunicará dentro del plazo de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o de otra forma inequívoca al empresario.
  2. Lo antes posible, pero dentro de los 14 días siguientes al día posterior a la comunicación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. El consumidor habrá respetado en cualquier caso el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el plazo de reflexión.
  3. El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
  4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recae sobre el consumidor.
  5. El consumidor asume los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha comunicado que el consumidor debe asumir estos costes o si el empresario indica que asumirá los costes, el consumidor no tiene que asumir los costes de devolución.
  6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén listos para la venta en un volumen limitado o cantidad determinada comience durante el período de reflexión, el consumidor debe al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación que el empresario haya cumplido en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total de la obligación.
  7. El consumidor no asume costes por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad que no estén listos para la venta en un volumen o cantidad limitados, o por el suministro de calefacción urbana, si:
  8. el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, la compensación de costes en caso de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, o;
  9. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el período de reflexión.
  10. El consumidor no asume costes por el suministro total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
  11. no ha consentido expresamente antes de su suministro el inicio del cumplimiento del contrato antes del final del período de reflexión;
  12. no ha reconocido que pierde su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
  13. el empresario no ha confirmado esta declaración del consumidor.
  14. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedan resueltos de pleno derecho.

Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

  1. Si el empresario permite que el consumidor notifique el desistimiento por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo tras la recepción de dicha notificación.
  2. El empresario reembolsa todos los pagos del consumidor, incluidos los posibles gastos de envío cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger el producto él mismo, puede esperar a reembolsar hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, según qué momento sea anterior.
  3. El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor ha utilizado, a menos que el consumidor acepte otro método. El reembolso es gratuito para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no está obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero solo si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos a tiempo antes de la celebración del contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio esté vinculado a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que puedan producirse dentro del plazo de desistimiento
  2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que el empresario ofrece productos, contenido digital y/o servicios al consumidor que está presente personalmente o tiene la posibilidad de estar presente personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el postor ganador está obligado a adquirir los productos, contenido digital y/o servicios;
  3. Contratos de servicios, después de la ejecución completa del servicio, pero solo si:
  4. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
  5. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya ejecutado completamente el contrato;
  6. Contratos de servicios para la puesta a disposición de alojamiento, cuando el contrato prevea una fecha o período determinado de ejecución y no sea para fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de automóviles y catering;
  7. Contratos relacionados con actividades de ocio, cuando el contrato prevea una fecha o período determinado de ejecución;
  8. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona específica;
  9. Productos que se deterioran rápidamente o tienen una vida útil limitada;
  10. Productos precintados que por razones de protección de la salud o higiene no son aptos para ser devueltos y cuyo precinto ha sido roto después de la entrega;
  11. Productos que después de la entrega, por su naturaleza, se han mezclado irrevocablemente con otros productos;
  12. Paquetes de Beton Ciré personalizados. Es decir, un número x de m² de Microcement en color.
  13. La entrega de contenido digital que no sea en un soporte material, pero solo si:
  14. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
  15. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 – El precio

  1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo modificaciones de precios como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.
  2. En excepción al apartado anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los cuales el empresario no tenga influencia, con precios variables. Esta vinculación a fluctuaciones y el hecho de que los precios mencionados sean precios orientativos se indicarán en la oferta.
  3. Los aumentos de precios dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de disposiciones o regulaciones legales.
  4. Los aumentos de precios a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario así lo ha estipulado y:
  5. estos sean consecuencia de disposiciones o regulaciones legales; o
  6. el consumidor tenga la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
  7. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 – Cumplimiento del contrato y garantía adicional

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o usabilidad y las disposiciones legales y/o normativas oficiales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer frente al empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del contrato.
  3. Por garantía adicional se entiende cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o fabricante mediante el cual otorga al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que está legalmente obligado en caso de incumplimiento de su parte del contrato.
  4. La garantía no es válida si:
    – El consumidor ha reparado y/o modificado los productos entregados por sí mismo o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;
    – Los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales o han sido tratados de manera negligente o en contra de las instrucciones del empresario y/o del embalaje;
    – El consumidor no ha aplicado los productos y/o la preparación del soporte según el protocolo. El empresario no puede ser responsable de ello.
    – El consumidor ha aplicado los productos de manera incorrecta. El empresario no puede ser responsable de ello.
    – El defecto es total o parcialmente consecuencia de normativas que la administración pública ha establecido o establecerá respecto a la naturaleza o calidad de los materiales utilizados.

Artículo 13 – Entrega y ejecución

  1. El empresario observará el máximo cuidado en la recepción y ejecución de pedidos de productos y en la evaluación de solicitudes de prestación de servicios.
  2. Como lugar de entrega se considera la dirección que el consumidor ha comunicado al empresario.
  3. Teniendo en cuenta lo establecido al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la mayor diligencia posible, pero como máximo en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre retrasos, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello como máximo 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin costes y derecho a una posible indemnización.
  4. Tras la rescisión conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe que el consumidor haya pagado.
  5. El riesgo de daño y/o pérdida de productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

Artículo 14 – Transacciones de duración: duración, rescisión y prórroga

Rescisión:

  1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de como máximo un mes.
  2. El consumidor puede rescindir un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento al final del período determinado, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de como máximo un mes.
  3. El consumidor puede rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
    • en cualquier momento y no estar limitado a la rescisión en un momento o período determinado;
    • rescindir al menos de la misma manera en que fueron celebrados por él;
    • cancelar siempre con el mismo plazo de cancelación que el empresario ha estipulado para sí mismo.

Prórroga:

  1. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tiene por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un período determinado.
  2. En excepción al apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado y que tiene por objeto la entrega regular de diarios, periódicos, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de máximo tres meses, siempre que el consumidor pueda cancelar este contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de cancelación de como máximo un mes.
  3. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tiene por objeto la entrega regular de productos o servicios, solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede cancelarlo en cualquier momento con un plazo de cancelación de como máximo un mes. El plazo de cancelación será de como máximo tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.
  4. Un contrato de duración limitada para la entrega regular de prueba de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de conocimiento) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o de conocimiento.

Duración:

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá cancelar el contrato en cualquier momento después de un año con un plazo de cancelación de como máximo un mes, salvo que la razonabilidad y equidad se opongan a la cancelación antes del final de la duración acordada.

Artículo 15 – Pago

  1. Salvo que se estipule lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse dentro de los 14 días siguientes al inicio del período de reflexión, o en ausencia de un período de reflexión dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato. En caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza el día después de que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
  2. En la venta de productos a consumidores, el consumidor nunca podrá estar obligado en las condiciones generales a realizar un pago anticipado superior al 50%. Cuando se haya estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho respecto a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya realizado el pago anticipado estipulado.
  3. El consumidor tiene la obligación de comunicar inmediatamente al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
  4. Si el consumidor no cumple a tiempo con su(s) obligación(es) de pago, después de que el empresario le haya señalado el retraso en el pago y le haya concedido un plazo de 14 días para cumplir con sus obligaciones de pago, tras la falta de pago dentro de este plazo de 14 días, se devengarán intereses legales sobre el importe aún adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos extrajudiciales de cobro incurridos. Estos gastos de cobro ascienden como máximo a: 15% sobre los importes pendientes hasta 2.500 €; 10% sobre los siguientes 2.500 € y 5% sobre los siguientes 5.000 € con un mínimo de 40 €. El empresario puede desviarse de dichos importes y porcentajes en beneficio del consumidor.

Artículo 16 – Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente publicitado y tramita las reclamaciones de conformidad con este procedimiento de reclamaciones.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya constatado los defectos, descritas de forma completa y clara.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días contados desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
  4. Una reclamación sobre un producto, servicio o la atención al cliente del empresario también puede presentarse a través de un formulario de reclamaciones en la página de consumidores del sitio web de Stichting Webshop Keurmerk (https://www.keurmerk.info/nl/consumenten/klacht/) La reclamación se enviará entonces tanto al empresario correspondiente como a Stichting Webshop Keurmerk.
  5. Webshop Keurmerk no tratará un litigio o suspenderá su tratamiento si al empresario se le ha concedido suspensión de pagos, ha entrado en situación de quiebra o ha cesado efectivamente sus actividades empresariales o si la tienda online ha sido suspendida o excluida por Webshop Keurmerk.
  6. Un litigio solo será tratado por Webshop Keurmerk si el consumidor ha presentado primero su reclamación al empresario dentro de un plazo razonable.
  7. A más tardar doce meses después de que haya surgido el litigio, este deberá presentarse por escrito ante Webshop Keurmerk.
  8. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea ODR (https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/index.cfm?event=main.home.chooseLanguage)

Artículo 17 – Litigios

  1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se les aplicará exclusivamente la legislación neerlandesa. Incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. La Convención de Viena sobre Compraventa no es aplicable.

Artículo 18 – Disposiciones adicionales o divergentes

Las disposiciones adicionales o divergentes de estas condiciones generales no podrán ser en detrimento del consumidor y deberán establecerse por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.

Artículo 19 – Modificación de las condiciones generales de Stichting Webshop Keurmerk

  1. Cuando Stichting Webshop Keurmerk realice una modificación, informaremos al empresario mediante el boletín informativo y publicaremos las condiciones más recientes en nuestro sitio web (https://www.keurmerk.info/nl/algemene-voorwaarden/)
  2. Las modificaciones de estas condiciones solo tendrán efecto después de haber sido publicadas de la manera apropiada, entendiéndose que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.
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